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Ley del Regimen Prestacional de Vivienda y Habitat

Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Habitat


El Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat como objeto de la Ley nació bajo el decreto 3570 y fue publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela con número 38162 el 8 de abril de 2005. Con el firme objetivo de garantizar la satisfacción a las familias venezolanas, tras la adquisición de una vivienda propia,  creó el Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat encargado de darle cumplimiento a todos los objetivos planteados en la Ley del Régimen


Ley de contingencia que ampara

     La presente  ley tiene como objeto regular la obligación del estado de venezolano  de garantizar al derecho a la vivienda y habitat  digno, y asegurar su protección  como contingencia  de la seguridad social y servicios públicos  de carácter no lucrativo, para el disfrute individual y colectivos de una vida y un ambiente  seguro, sano y ecológicamente equilibrado  que aumente su calidad de vida  a el tanto como sus familiares

Prestaciones que otorga

     El régimen prestacional garantiza el derecho de las personas dentro del territorio nacional a tener acceso a viviendas dignas t acceder a políticas, planes, programas, proyectos, y acciones que el estado desarrolle dando prioridad a las familias  de escaso recursos 

Principales funciones

           Su principal  es garantizar la satisfacción progresivas  a todas las personas:
  • naturaleza social: , igualdad, equidad, solidaridad, progresividad, y participación, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral
  • Carácter estratégico: En el marco político social, busca la transferencia de poder a la ciudadanía a través de recursos una organización sistemática, de control de decisiones a todos los niveles de actuación en grupos : público, privado, usuarios organizados, o no, en comunidades y otras formas
  • Condición no lucrativa:  se fundamenta en la obligación constitucional intransferible que tiene el Estado de garantizar el derecho a la vivienda y hábitat dignos

Financiamiento del régimen

El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat es un Instituto Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía financiera,organizativa, administrativa y funcional, adscrito al Ministerio con competencia en materia de vivienda y hábitat. Es un banco de desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat que actúa a través de los operadores que determine la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, y es el único administrador de los fondos asignados a dicho sistema. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sis
tema de Seguridad Social asume las competencias del Banco Nacional de Ahorro y Préstamo, y las funciones que éste desempeñaba



Institutos encargados del mismo

Se definen claramente las autoridades del BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT, creándose una Junta Directiva como órgano supremo de dirección y administración  Asamblea General También se reconocen como autoridades del BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT,  la Presidencia, Vicepresidencia Ejecutiva, y los Comités de Apoyo. De los Otros Actores del Sistema Se reconocen como Actores del Sistema a los Productores de vivienda y hábitat, Operadores financieros y a los Usuarios, definiendo las particularidades de cada uno de ellos.

Vigencia parcial del Régimen Prestacional, en base a la normativa legal que regula el régimen prestacional

El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, designado mediante Decreto N° 2.181 de fecha 06 de enero de 2016, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.822 de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 63 y 78, numerales 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; corresponde al Estado venezolano a través del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda la rectoría del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat como parte integrante de dicho Órgano, la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral en materia de vivienda y hábitat; en condiciones financieras que regirán los créditos hipotecarlos que se concedan bajo los llneamientos de la Gran Misión Vivienda Venezuela.

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